A través de la Ley Orgánica de los Municipios de Nuevo León (2000) encontramos que el Municipio debe promover las ceremonias cívicas y la participación ciudadana en ellas, establecer y actualizar el sistema municipal de información económica, social y estadísticas de interés general, constituir, organizar y preservar los archivos históricos municipales, elaborar y publicar en coordinación con las autoridades competentes, el catálogo del Patrimonio Histórico y Cultural del Municipio, vigilar su preservación y determinar cuales son las construcciones y edificios con características históricas y arquitectónicas más relevantes para su adecuada conservación, fomentar el desenvolvimiento de la cultura, el deporte, el fortalecimiento de los valores históricos y cívicos del pueblo, así como el respeto y aprecio por los símbolos patrios y el mejoramiento cívico de la población, además de promover la participación de la comunidad en programas del desarrollo municipal.
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